Facturación2 de noviembre de 2026 · 7 min de lectura ·

Factura A, B o C: cuál emitir y qué hacer si te equivocás

La letra de la factura no la elegís por gusto: depende de tu condición frente al IVA y de la de tu cliente. Y si te equivocaste en un monto, no se borra: se corrige con una nota de crédito. Lo explicamos con ejemplos.

La regla de oro: la letra depende de quién vende y a quién

Cuando alguien pregunta "¿qué factura le hago?", la respuesta siempre sale de dos datos: tu condición frente al IVA (monotributista, responsable inscripto, exento) y la de tu cliente. Con eso se define la letra. El monto no la cambia.

Esta guía es informativa y simplifica la normativa. Ante un caso particular, confirmalo con tu contador, que es quien conoce tu situación completa.

Si vos sos…Y le vendés a…Emitís
MonotributistaConsumidor final, otro monotributista, un responsable inscripto o una empresaFactura C
Responsable inscriptoConsumidor final (o exento / sujeto no categorizado)Factura B
Responsable inscriptoOtro responsable inscripto o un monotributista (con el IVA discriminado)Factura A
ExentoCualquier clienteFactura C

Qué significa cada una en la práctica

Factura C. La emite quien no discrimina IVA, como los monotributistas. El precio es el precio: no hay un renglón aparte de IVA. Es la que usa la gran mayoría de los kioscos chicos y comercios de barrio.

Factura B. La emite un responsable inscripto a un consumidor final (o a un exento o sujeto no categorizado). El IVA viene incluido en el precio.

Factura A. La emite un responsable inscripto a otro responsable inscripto o a un monotributista. Muestra el IVA discriminado, porque el cliente lo va a computar como crédito fiscal (en el caso de las empresas). Por eso la piden: les sirve para sus impuestos.

Para vos, como comercio, lo importante es esto: si un cliente te pide factura A, necesitás su CUIT y que sea responsable inscripto o monotributista. Si es consumidor final, no corresponde emitirla.

Me equivoqué en una factura: ¿puedo borrarla?

No. Una factura electrónica que ya fue autorizada y tiene su CAE (el código que la valida) no se borra ni se edita. Lo que se hace es emitir un comprobante que la compense: la nota de crédito.

La nota de crédito es un comprobante que anula total o parcialmente una factura. Va con la misma letra que la factura original: una nota de crédito B corrige una factura B, una C corrige una C. Y siempre se relaciona con el comprobante que corrige.

Cuándo corresponde una nota de crédito

¿Y la nota de débito?

Es la inversa: se usa cuando tenés que cobrar un importe adicional sobre una factura ya emitida, por ejemplo intereses por pago atrasado o un costo que no estaba incluido. En el comercio de mostrador casi no se usa; sí es frecuente entre empresas.

SituaciónQué comprobante usar
Una venta de mostradorFactura de la letra que te corresponde (B o C en la mayoría de los casos)
Cliente devuelve un producto ya facturadoNota de crédito de la misma letra
Error de monto o de CUITNota de crédito y nueva factura correcta
Cobrar un cargo extra después de facturarNota de débito

Tres errores comunes al facturar

Preguntas frecuentes sobre facturas y notas de crédito

¿Qué diferencia hay entre factura A, B y C?

La letra depende de la condición frente al IVA de quien vende y de quien compra. La C la emiten los monotributistas y exentos; la B, un responsable inscripto a un consumidor final; la A, un responsable inscripto a otro responsable inscripto o a un monotributista, con el IVA discriminado.

¿Puedo anular una factura ya emitida?

No se borra: una factura con CAE se compensa con una nota de crédito de la misma letra, que la anula total o parcialmente. Si hubo un error, se emite la nota de crédito y una factura nueva correcta.

¿Un monotributista puede emitir factura A o B?

No. Los monotributistas emiten factura C. Cuando le compran a un responsable inscripto reciben, en general, factura A; pero las que ellos emiten son C.

¿Tengo que pedirle el CUIT a todos los clientes?

No. A un consumidor final que no pide factura con datos no se le exige el CUIT en las ventas de monto bajo; los límites los fija la normativa vigente. Para una factura A necesitás siempre el CUIT del cliente. Consultá los montos vigentes con tu contador.

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